{"id":18520,"date":"2016-03-14T17:22:15","date_gmt":"2016-03-14T22:22:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cipamericas.org\/?p=18520"},"modified":"2016-03-21T19:35:05","modified_gmt":"2016-03-22T00:35:05","slug":"criminalizacion-de-los-defensores-de-derechos-humanos-en-el-chaco-paraguayo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.americas.org\/es\/criminalizacion-de-los-defensores-de-derechos-humanos-en-el-chaco-paraguayo\/","title":{"rendered":"Criminalizaci\u00f3n de los defensores de derechos humanos en el Chaco Paraguayo"},"content":{"rendered":"<p><em><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-18522\" src=\"https:\/\/www.americas.org\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/url.jpg\" alt=\"url\" width=\"275\" height=\"183\" \/>Los defensores de derechos humanos en el Chaco Paraguayo no solo han tenido que luchar contra un sistema legal caracterizado por su parcialidad y lentitud, sino que tambi\u00e9n han tenido que hacer frente a poderosos intereses econ\u00f3micos. Enfrentan una creciente criminalizaci\u00f3n de los movimientos sociales por parte del estado paraguayo.<\/em><\/p>\n<p>Uno de los casos m\u00e1s recientes es el de la abogada defensora de la comunidad Sawhoyamaxa y\u00a0coordinadora de la organizaci\u00f3n sin fines de lucro <a href=\"http:\/\/www.tierraviva.org.py\/\">Tierraviva<\/a>, Julia Cabello Alonso.<\/p>\n<p>En febrero de 2015, Cabello Alonso fue acusada de &#8216;mala conducta&#8217; por parte de la Ministra de la Corte, Gladys Bareiro de M\u00f3dica quien inicio un proceso de investigaci\u00f3n en contra de Cabello Alonso, la cual enfrentaba una posible suspensi\u00f3n de un a\u00f1o en la pr\u00e1ctica de la ley por su defensa de las comunidades ind\u00edgenas en Paraguay<\/p>\n<p>\u201cSent\u00ed mucha indignaci\u00f3n cuando me notificaron de la apertura del sumario, porque es una medida totalmente desproporcionada y arbitraria, por la cual la ministra abusa de su poder, pretendiendo que pierda mi herramienta de trabajo, solo porque se sinti\u00f3 llamada a la atenci\u00f3n por una abogada sin poder pol\u00edtico alguno.<\/p>\n<p>Cabello Alonso hab\u00eda cuestionado en una gacetilla de prensa la actuaci\u00f3n de la juez al haber favorecido al terrateniente alem\u00e1n Heribert Roedel con la admisi\u00f3n de una medida de inconstitucionalidad contra la expropiaci\u00f3n de tierras a favor de la comunidad Sawhoyamaxa,<\/p>\n<p>En diciembre de 2015 Cabello Alonso recibi\u00f3 la amonestaci\u00f3n a pesar de que el juez recomend\u00f3 el cierre de la causa por no encontrar elementos suficientes para alguna sanci\u00f3n. Esta amonestaci\u00f3n es vista como una violaci\u00f3n al derecho a la libertad de expresi\u00f3n, una forma de amedrentamiento a los defensores de derechos humanos en el ejercicio de sus funciones y un nefasto precedente en la labor de la defensa de los derechos humanos en Paraguay.<\/p>\n<p>Cabello Alonso manifest\u00f3 que la apertura del proceso legal en su contra iniciado por Bareiro de Modica representa un enorme desgaste a nivel de recursos, tiempo y energ\u00eda y obstaculiza la defensa de los derechos humanos que Tierraviva lleva de otros casos de comunidades ind\u00edgenas en Paraguay.<\/p>\n<p>La acci\u00f3n ha sido ampliamente condenada por organismos nacionales e internacionales como Amnesty Internacional, International Service for Human Rights y ONGs locales que trabajan en temas relacionados a derechos humanos y protecci\u00f3n de comunidades ind\u00edgenas. El caso ha puesto de manifiesto c\u00f3mo miembros de la corte utilizan el poder y la estructura del Poder Judicial a los efectos de intimidar, perseguir y amenazar a defensores de derechos humanos.<\/p>\n<p>Cabello Alonso explic\u00f3 que el caso es un claro ejemplo de c\u00f3mo el Estado, en este caso, el Poder Judicial, act\u00faa con los detractores de sus acciones.<\/p>\n<p><strong><em>Sobre la comunidad Sawhoyamaxa<\/em><\/strong><\/p>\n<p>En 1991, la comunidad Sawhoyamaxa inici\u00f3 los tr\u00e1mites para lograr el reconocimiento legal de sus derechos a las 14,404 hect\u00e1reas que les corresponde como parte de sus tierras ancestrales.<\/p>\n<p>Luego de haber agotado todas las instancias legales internas, el caso fue llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) quien en 2006 dictamin\u00f3 a favor de la \u00a0comunidad Sawhoyamaxa. La Corte conden\u00f3 al Estado paraguayo por la violaci\u00f3n de los derechos a la propiedad colectiva de sus tierras, a la vida, a la personalidad jur\u00eddica, a las garant\u00edas judiciales y a la protecci\u00f3n judicial y orden\u00f3 la restituci\u00f3n de las tierras en un plazo de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>El estado no cumpli\u00f3. Debido a la inacci\u00f3n del estado, en marzo de 2013, algunas familias Sawhoyamaxa decidieron reocupar sus tierras con el fin de renovar sus demandas al estado para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos.<\/p>\n<p>El 11 de junio de 2014, el presidente de Paraguay, Horacio Cartes, firm\u00f3 la Ley N\u00ba 5194 de 2014 de expropiaci\u00f3n que restituye 14.404 hect\u00e1reas de tierras ancestrales en la regi\u00f3n del Chaco a la comunidad ind\u00edgena<\/p>\n<p>Sin embargo, la constitucionalidad de ley fue contestada ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. En septiembre de 2014, la Corte rechaz\u00f3 por unanimidad la acci\u00f3n de inconstitucionalidad que se hab\u00eda presentado ante la ley. Con el fallo, se cerr\u00f3 la discusi\u00f3n sobre los derechos del pueblo Sawhoyamaxa y se dio paso al cumplimiento del proceso administrativo que titulaba las tierras a favor de la comunidad Sawhoyamaxa.<\/p>\n<p>En el momento en que se deb\u00edan iniciar los tr\u00e1mites administrativos para cumplir con la orden de la CIDH y la ley promulgada por el congreso paraguayo, la Presidenta de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, Dra. Bareiro de M\u00f3dica, admiti\u00f3 una segunda acci\u00f3n de inconstitucionalidad en contra de la ley que expropi\u00f3 las tierras a favor de la comunidad de Sawhoyamaxa.<\/p>\n<p>En esta ocasi\u00f3n las empresas Kansol S.A. y Roswell Company S.A., pertenecientes a Roedel, se centraron en el art\u00edculo 3 de la Ley 5194 de 2014. Esta norma trata sobre la indemnizaci\u00f3n que se le debe pagar al propietario de las tierras que fueron expropiadas a favor del pueblo Sawhoyamaxa.<\/p>\n<p>El contenido de ese art\u00edculo ya fue tratado y resuelto en\u00a0ocasi\u00f3n de estudiar la primera acci\u00f3n de inconstitucionalidad. Alonso Cabello critica esta acci\u00f3n, por la cual es sumariada.<\/p>\n<p>La Corte ha rechazado finalmente la segunda acci\u00f3n de inconstitucionalidad, sin embargo la comunidad Sawhoyamaxa todav\u00eda no ha podido tener acceso a la totalidad de sus tierras y siguen recibiendo amenazas de partes de latifundistas y empresas agropecuarias de la zona.<\/p>\n<p>Alonso Cabello manifest\u00f3 que todo este sumario busca ocultar o distraer la atenci\u00f3n sobre un tema de fondo como son los derechos territoriales de comunidades ind\u00edgenas. La defensa colectiva de estos derechos afecta intereses de sectores econ\u00f3micos y pol\u00edticos poderosos, en un pa\u00eds donde la b\u00fasqueda del lucro desmedido y la explotaci\u00f3n son socialmente aceptables.<\/p>\n<p>El hecho dista de ser un acto aislado. En los \u00faltimos a\u00f1os Paraguay ha visto un aumento de la criminalizaci\u00f3n de los movimientos sociales y en particular de aquellos que protegen los derechos ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>Estos casos han sido sistem\u00e1ticamente recolectados y analizados en el libro <em><a href=\"http:\/\/www.tierraviva.org.py\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/Defensoras-y-Defensores-de-Derechos-Humanos-en-el-Chaco-Paraguayo.pdf\">Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en el Chaco Paraguayo \u2013 Relatos de lucha por la tierra<\/a><\/em>, el cual examina la situaci\u00f3n de los defensores de derechos humanos en el Chaco paraguayo.<\/p>\n<p>Maximiliano Mendieta, autor del libro, escribe que en el Chaco paraguayo en la actualidad, existe una dicotom\u00eda entre un peque\u00f1o grupo de personas y empresas que tienen latifundios y estancias agropecuarias, y otro gran grupo de personas, principalmente ind\u00edgenas, que viven en peque\u00f1as comunidades. Esta mayor\u00eda padecen un Estado que se encuentra presente cuando hablamos de garantizar los intereses particulares de los primeros, y ausente cuando se trata de garantizar los derechos humanos de los segundos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los defensores de derechos humanos en el Chaco Paraguayo no solo han tenido que luchar contra un sistema legal caracterizado por su parcialidad y lentitud, sino que tambi\u00e9n han tenido que hacer frente a poderosos intereses econ\u00f3micos y una creciente criminalizaci\u00f3n por parte del estado paraguayo.<\/p>\n","protected":false},"author":299,"featured_media":18522,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[4916],"tags":[],"coauthors":[],"class_list":["post-18520","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derechos-humanos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18520","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/299"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18520"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18520\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":18523,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18520\/revisions\/18523"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18522"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18520"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18520"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18520"},{"taxonomy":"author","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.americas.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/coauthors?post=18520"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}